En una nueva resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. de a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno brindó detalles para saber cuando y como debe ser la vuelta al trabajo y en que casos, el/la trabajador/a puede retornar a su lugar de trabajo, sin la necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta. Cabe destacar que las aclaraciones alcanzan a personas que no hayan requerido internación.
¿Cómo deben proceder los trabajadores con diagnóstico Covid-19 Positivo?
Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto:
Podrán retornar al trabajo a los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):
A los 7 días desde el primer síntoma (o diagnóstico –para asintomáticos–), cumpliendo 3 días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada –bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón– en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).
¿Cómo deben proceder los trabajadores con Contacto Estrecho?
Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de 5 meses de la aplicación de la última dosis):
Podrán reincorporarse a los 10 días desde el último contacto con caso confirmado.
Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de 2 dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido covid en los últimos 90 días:
Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales. Deben maximizar medidas preventivas (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente). Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día. Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo y refuerzo con más de 14 días de la última aplicación:
Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales. Deben maximizar medidas preventivas (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente) y realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
Para más información podes leer la resolución del boletín oficial. (aquí)